BECA 6000
En el BOJA nº 124 de 29 de junio de 2009 se publica
su convocatoria para el curso escolar 2009-2010.
Requisitos de los solicitantes:
a) Pertenecer a una familia en la que todos los miembros de la unidad familiar estén empadronados en un Municipio de
b) Reunir los requisitos específicos para ser beneficiario del componente de compensación educativa de las becas y ayudas al estudio en las enseñanzas posobligatorias de la convocatoria general del Ministerio competente en materia de educación.
c) No estar en posesión o no reunir los requisitos legales para la obtención de un título del mismo o superior nivel al de bachillerato o técnico de cualquier profesión.
d) Estar en posesión del título de graduado en Educación Secundaria Obligatoria, habiéndolo conseguido en el curso anterior a la participación en la convocatoria correspondiente, en el caso del alumnado del primer curso.
e) Haber obtenido evaluación positiva en todas las materias del curso anterior, en el caso del alumnado de renovación de la beca.
f) Estar matriculado del curso completo en las enseñanzas de bachillerato o ciclos formativos de grado medio de formación profesional inicial en un centro docente de
aplicación de esta Orden el alumnado que curse estas enseñanzas en la modalidad de Educación de Personas Adultas.
g) Ser español o poseer la nacionalidad de un Estado miembro de
h) En el supuesto de estudiantes no comunitarios, se aplicará lo dispuesto en la normativa sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social. En todo caso, se requerirá que sus sustentadores hayan estado trabajando legalmente o percibiendo prestación por desempleo en
Andalucía durante el año anterior a aquel en que comienza el curso académico para el que solicita la beca.
i) Haber cumplido la edad legalmente establecida para trabajar antes del 1 de enero del año en que finalice el curso escolar para el que se solicita la beca.
j) Tener una renta y, en su caso, patrimonio familiar que no superen los umbrales que se establezcan anualmente por Orden de
k) No estar realizando actividad laboral alguna, por cuenta propia o ajena, ni estar inscrito, como demandante de empleo, en cualquier oficina del Servicio Andaluz de Empleo.
2. El plazo de presentación de solicitudes para cada curso escolar estará comprendido entre el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de
3. Las solicitudes se presentarán preferentemente en el centro docente donde se vayan a seguir los estudios para los que se conceda la beca o, en su defecto, en cualquiera de los órganos previstos en el artículo 38.4 de
Acceso a la Orden y a la solicitud
Publicado el 2 de julio de 2009.
BECAS PARA EL CURSO 2010/2011
El BOJA nº 129, de 2 de julio de 2010 (pág.
El BOE nº 161, de 3 de julio de 2010 (pág.